Información sobre el trámite o servicio
Nombre del trámite o servicio:
Desalojo
Administrativo
Institución:
Ministerio
de Seguridad Pública
Dependencia:
Asesoría
Jurídica
Dirección de la dependencia, sus sucursales y
horarios:
Oficinas
Centrales del Ministerio de Seguridad Pública, ubicadas en el Barrio Córdoba,
frente al Liceo Castro Madriz, módulo Hernán Garrón Salazar, tercer
piso. Horario 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Licencia, autorización o permiso que se obtiene en
el trámite o servicio:
Resolución
Administrativa ordenando o denegando el desalojo administrativo, de
conformidad con las causales establecidas en los artículos 7 y 74 de la Ley
de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos, así como lo establecido en el
artículo 305 del Código Civil, y la jurisprudencia vinculante de la Sala
Constitucional.
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Requisitos
Escrito de solicitud firmado
que indique: nombre de
los dos demandados principales a desalojar (si los conoce), y nombre de quien
lo solicita (si es invasión de precaristas no se necesitan los nombres), causa de ingreso de las personas
a desalojar, # finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad,
dirección exacta de ambas partes, medio para recibir notificaciones del actor
(correo electrónico, fax o dirección).
Fundamento
Legal
Artículo 284 a 292 de
la Ley General de Administración Pública. Artículos 3, 4, 11 del Reglamento
para el trámite de desalojos administrativos presentados ante el Ministerio
de Seguridad Pública.
Título de propiedad
(original o copia,
notarial o registral) inscrito en el Registro Público o posesión (si es
posesión aportar original o copia, así como el plano catastrado) Deberán
mostrar el original en ventanilla, ante lo cual se anotará en la copia la
razón de haber tenido a la vista el original respectivo. Si el que solicita el desalojo (actor) es
una sociedad, aportar original o copia de la personería jurídica registral o
notarial con un máximo de un mes de haber sido emitida y nombramiento
vigente.
Fundamento
Legal
Artículo 293 a 295 de
la Ley General de Administración Pública. Artículos 5 del Reglamento para el
trámite de desalojos administrativos presentados ante el Ministerio de
Seguridad Pública.
Adjuntar el poder o carta
autenticada
Si
actúa en nombre de otro.
Fundamento
Legal
Artículo 283 de la Ley
General de Administración Pública. Artículos 5 del Reglamento para el trámite
de desalojos administrativos presentados ante el Ministerio de Seguridad
Pública.
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Plazo de resolución:
Aproximadamente
3 meses
Vigencia:
No
aplica
Costo del trámite o servicio:
Este
servicio es gratuito
Formulario(s) que se debe(n) presentar:
Ver
formulario:
Oficina o Sucursal:
Subproceso
de Desalojos Administrativos
Email:
infodesalojos@msp.go.cr
Teléfono:
2600-4026 / 2600-4363
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