Información sobre el trámite o servicio
Nombre del trámite o servicio:
Desalojo
Administrativo
Institución:
Ministerio
de Seguridad Pública
Dependencia:
Asesoría
Jurídica
Dirección de la dependencia, sus sucursales y
horarios:
Oficinas
Centrales del Ministerio de Seguridad Pública, ubicadas en el Barrio Córdoba,
frente al Liceo Castro Madriz, módulo Hernán Garrón Salazar, tercer
piso. Horario 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Licencia, autorización o permiso que se obtiene en
el trámite o servicio:
Resolución
Administrativa ordenando o denegando el desalojo administrativo, de
conformidad con las causales establecidas en los artículos 7 y 74 de la Ley
de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos, así como lo establecido en el
artículo 305 del Código Civil, y la jurisprudencia vinculante de la Sala
Constitucional.
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Requisitos
Escrito de solicitud firmado
que indique: nombre de los dos demandados
principales a desalojar (si los conoce), y nombre de quien lo solicita (si es
invasión de precaristas no es necesario los nombres), causa de ingreso de las personas
a desalojar, dirección exacta de ambas partes, medio para recibir
notificaciones del actor (correo electrónico, fax o dirección).
Fundamento
Legal
Artículos 284 a 292 de la Ley General de
Administración Pública.
Artículos 3, 4, 11 del Reglamento para el
trámite de desalojos administrativos presentados ante el Ministerio de
Seguridad Pública.
Debe
-Señalar el número de finca
inscrita en el Registro Público de la Propiedad.
-Título del derecho de posesión en
caso de propiedades sin inscribir (original o copia, notarial o
registral)
-En propiedades sin inscribir,
deben aportar también la copia del plano catastrado.
-Si el que solicita el desalojo (actor) es una
sociedad, aportar original o copia de la personería jurídica registral o
notarial con un máximo de un mes de haber sido emitida y nombramiento
vigente.
Fundamento
Legal
Artículos 293 a 295 de la Ley General de
Administración Pública.
Artículos 5 del Reglamento para el
trámite de desalojos administrativos presentados ante el Ministerio de
Seguridad Pública.
Adjuntar el poder o carta
autenticada
Si
actúa en nombre de otro.
Fundamento
Legal
Artículos 283 de la Ley General de
Administración Pública.
Artículos 5 del Reglamento para el
trámite de desalojos administrativos presentados ante el Ministerio de
Seguridad Pública.
En
Caso
de personas
jurídicas, adicionalmente deben aportar copia del acuerdo de la asamblea
general, por medio del cual se le autorizó a ocupar el inmueble (Estos
requisitos son únicamente en casos de alquiler).
Fundamento
Legal
Artículo 74. Ley de Arrendamientos Urbanos y
Suburbanos. Artículos 293 a 295 de la Ley General de Administración Pública
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Plazo de resolución:
Aproximadamente
3 meses
Vigencia:
No
aplica
Costo del trámite o servicio:
Este
servicio es gratuito
Formulario(s) que se debe(n) presentar:
Ver
formulario:
Oficina o Sucursal:
Subproceso
de Desalojos Administrativos
Email:
infodesalojos@msp.go.cr
Teléfono:
2600-4026 / 2600-4363
WhatsApp:
8804-9460
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