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Funciones

 

La Dirección General de la Fuerza Pública depende del (de la) Ministro (a) y tendrá las siguientes funciones:

 

Velar por el cumplimiento de la Constitución Política, los tratados Internacionales y el resto del ordenamiento jurídico.

 

Ejecutar las políticas y acciones de seguridad ciudadana y nacional para el ejercicio y respeto a la Constitución Política, a la soberanía nacional, a la integridad territorial y el mantenimiento del orden público.

 

Asegurar el respeto de los bienes, derechos y libertades de los (las) habitantes de la Nación.

 

Velar por el cumplimiento de los tratados internacionales y la normativa jurídica que garantice el orden en las zonas fronterizas terrestres, incluidas las edificaciones públicas, diplomáticas, sedes aeroportuarias y donde se realizan actividades aduanales y migratorias.

 

Ejecutar aquellas actuaciones policiales, dentro del ámbito de su competencia, que le sean debidamente requeridas por instituciones estatales, elaborando un informe y remitiendo los elementos probatorios, si así procede.

Coordinar para que de manera pronta y eficaz, se efectúe o realice la captura de personas evadidas de las cárceles o prófugos de la justicia.

 

Brindar auxilio y cooperación, dentro del marco de sus competencias, a gobiernos locales, instituciones del Estado, entidades de servicio público y en general a las comunidades.

 

Colaborar en la prevención y represión del delito, con base en el principio de reciprocidad con aquellas organizaciones internacionales de policía y de conformidad con la normativa y los convenios vigentes.

 

Velar por el cumplimiento de lo estipulado en la Ley de Armas y Explosivos y sus reformas.

 

Mantener actualizados los registros e inventarios de armas, municiones, explosivos y equipos indispensables para el cumplimiento de sus funciones.

 

Elaborar los registros necesarios para hacer constar las operaciones policiales, sus responsables, el personal que intervenga en el operativo, patrullaje o acción policial, así como el nombre completo y demás calidades de las personas detenidas, sus horas de ingreso y egreso de la unidad policial.

 

Cumplir sus funciones sin limitación de horario, con el debido esmero, denuedo y dedicación, para el cumplimiento de lo dispuesto por el ordenamiento jurídico.

 

Guardar estricta confidencialidad sobre la información obtenida de las investigaciones y operativos policiales llevados a cabo o en proceso.

 

Los demás deberes y atribuciones señalados en el ordenamiento jurídico

 

La Fuerza Pública está conformada por la Dirección de Operaciones, la Dirección de Unidades Especializadas, Dirección de Apoyo Legal, 12 Direcciones Regionales, Dirección de Seguridad Turística y Dirección de Programas Policiales Preventivos. También cuenta con una Vicaría Episcopal,  la Inspección General y la Reserva de policías.

 

 

Fecha de última modificación de la página: 25/01/2025
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