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Estructura

 

La Dirección de Servicios de Seguridad Privados estará integrada por tres departamentos:

 

Región de Acordeón

Departamentos de Registro y Licencias

 

Al Departamento de Registro y Licencias le corresponderá las siguientes funciones:

 

ü  Inscribir y mantener el registro actualizado de todas las personas físicas y jurídicas dedicadas a prestar el servicio de seguridad privado.

                  

ü  Incluir en este registro a todos los trabajadores de empresas privadas que realicen la función de vigilantes privados u oficiales de seguridad privados.

 

ü  Gestionar y otorgar las licencias, permisos y prórrogas para la prestación del servicio de vigilancia privada tanto para personas físicas como personas jurídicas.

 

ü  Aquellas otras propias de su competencia.

Departamento de Inspección

 

ü  El Departamento de Inspección llevará a cabo la verificación y el control para que las personas físicas y jurídicas, dedicadas a prestar el servicio privado de seguridad, cumplan los requisitos establecidos en el ordenamiento, incluyendo especialmente la Ley N° 8395, denominada Ley de Servicios de Seguridad Privados y su reglamento.

Departamento Legal

 

Al Departamento Legal le corresponderá las siguientes funciones:

 

ü  Resolver los asuntos legales de la Dirección.

 

ü  Iniciar, tramitar y concluir los procedimientos administrativos en contra de las empresas de seguridad, sus oficiales y las escuelas de capacitación, por irregularidades en la prestación del servicio.

 

ü  Atender y resolver las consultas presentadas ante el Departamento Legal, con respecto a la aplicación de la Ley 8395.

 

ü  Tramitar y contestar los recursos ordinarios de Revocatoria y Apelación, así como los extraordinarios de Amparo que contra la Dirección sean impuestos.

 

ü  Brindar asesoría interna a cada uno de los Departamentos que conforman la Dirección.

 

ü  Colaborar en actividades de capacitación en materia legal, tanto al personal de la Dirección de Servicios de Seguridad Privados como a funcionarios (as) de la Fuerza Pública, en la materia de su competencia.

 

Fecha de última modificación de la página: 25/01/2025
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