Al
Departamento Legal le corresponderá las siguientes funciones:
ü Resolver los asuntos legales de
la Dirección.
ü Iniciar, tramitar y concluir
los procedimientos administrativos en contra de las empresas de seguridad,
sus oficiales y las escuelas de capacitación, por irregularidades en la
prestación del servicio.
ü Atender y resolver las
consultas presentadas ante el Departamento Legal, con respecto a la
aplicación de la Ley 8395.
ü Tramitar y contestar los
recursos ordinarios de Revocatoria y Apelación, así como los
extraordinarios de Amparo que contra la Dirección sean impuestos.
ü Brindar asesoría interna a cada
uno de los Departamentos que conforman la Dirección.
ü Colaborar en actividades de
capacitación en materia legal, tanto al personal de la Dirección de
Servicios de Seguridad Privados como a funcionarios (as) de la Fuerza
Pública, en la materia de su competencia.
|