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Perfil del Ministro

 

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Perfil del Ministro

 

Región de Acordeón

El (la) Ministro(a) es el órgano jerárquico superior de esta Cartera y le corresponde, conjuntamente con el (la) Presidente(a) de la República, las siguientes funciones:

  1. ) Nombrar y remover en forma libre, a los (las) miembros de la Fuerza Pública, empleados (as) y funcionarios (as) que sirvan en cargos de confianza y a los demás que determine, en casos calificados, el Estatuto de Servicio Civil, de conformidad con el artículo 140 de la Constitución Política y las disposiciones correspondientes del Estatuto del Servicio Civil y de la Ley General de Policía.

Dentro de estas atribuciones se comprende la posibilidad de nombrar y remover a consultores, asesores o instructores, para que de manera voluntaria, colaboren con la Fuerza Pública en aquellos aspectos propios de la función policial; deberán ser de reconocida solvencia moral, no serán remunerados por el servicio que presten ni ostentarán investidura pública alguna.

(Así adicionado el párrafo anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 37310 del 6 de agosto de 2012)

  1. ) Sancionar y promulgar leyes y reglamentos, velando por su ejecución y exacto cumplimiento.
  2. ) Mantener el orden y la tranquilidad de la Nación y tomar providencias necesarias para el resguardo de las libertades públicas.
  3. ) Ejecutar y hacer cumplir lo que resuelvan o dispongan en los asuntos de su competencia, los Tribunales de Justicia y los organismos electorales a solicitud de los mismos.
  4. ) Emitir decretos, acuerdos, resoluciones y órdenes del Poder Ejecutivo.
  5. ) Cualquier otra propia de su competencia como integrante del Poder Ejecutivo.

 

El (la) Ministro(a) realizará, además, las siguientes funciones:

  1. ) Presentar a la Asamblea Legislativa cada año, dentro de los primeros quince días del primer periodo de sesiones ordinarias, una memoria sobre los asuntos del quehacer de este Ministerio.
  2. ) Dirigir, coordinar y vigilar el buen funcionamiento de los servicios y dependencias administrativas.
  3. ) Disponer y organizar a la Fuerza Pública adscrita a este Ministerio, para preservar el orden, defensa y seguridad del país.
  4. ) Preparar y presentar al (a la) Presidente(a) de la República los proyectos de ley, decretos, acuerdos, resoluciones, órdenes y otros actos que deban suscribir conjuntamente.
  5. ) Agotar la vía administrativa, resolviendo los recursos legales pertinentes.
  6. ) Resolver los conflictos que surjan entre las diferentes instancias o los funcionaros del Ministerio.
  7. ) Plantear y contestar, según sea el caso, ante el (la) Presidente(a) de la República, los conflictos administrativos que correspondan.
  8. ) Disponer los gastos de los servicios del Ministerio, dentro de los límites presupuestarios autorizados, realizando el proceso correspondiente en coordinación con el Ministerio de Hacienda.
  9. ) Firmar en nombre del Estado, los contratos relativos a asuntos propios de su Ministerio.
  10. )  Atender otras propias de su competencia y potestad.

 

Áreas atendidas por este ministerio

Asesoría Jurídica

Auditoría Interna

Consejo de Personal

Consejo Superior de Oficiales

Contraloría de Servicios

Igualdad y Equidad de Género

Planificación Institucional

Relaciones Públicas y Prensa

Reserva de Policía

Vicaría Episcopal

 

 

 

 

 

Fecha de última modificación de la página: 05/12/2024
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