La Dirección
General de la Fuerza Pública depende del (de la) Ministro (a) y tendrá las
siguientes funciones:
Velar por
el cumplimiento de la Constitución Política, los tratados Internacionales
y el resto del ordenamiento jurídico.
Ejecutar las políticas y acciones de seguridad
ciudadana y nacional para el ejercicio y respeto a la Constitución Política,
a la soberanía nacional, a la integridad territorial y el mantenimiento del
orden público.
Asegurar el
respeto de los bienes, derechos y libertades de los (las) habitantes de
la Nación.
Velar por
el cumplimiento de los tratados internacionales y la normativa jurídica
que garantice el orden en las zonas fronterizas terrestres, incluidas las
edificaciones públicas, diplomáticas, sedes aeroportuarias y donde se
realizan actividades aduanales y migratorias.
Ejecutar
aquellas actuaciones policiales,
dentro del ámbito de su competencia, que le sean debidamente requeridas por
instituciones estatales, elaborando un informe y remitiendo los elementos
probatorios, si así procede.
Coordinar para que de manera pronta y
eficaz, se efectúe o realice la captura de personas evadidas de las cárceles
o prófugos de la justicia.
Brindar auxilio y cooperación, dentro del marco de sus competencias, a gobiernos
locales, instituciones del Estado, entidades de servicio público y en general
a las comunidades.
Colaborar
en la prevención y represión del delito, con base en el principio de reciprocidad con aquellas
organizaciones internacionales de policía y de conformidad con la normativa y
los convenios vigentes.
Velar por
el cumplimiento de lo estipulado en la Ley de Armas y Explosivos y sus
reformas.
Mantener actualizados
los registros e inventarios de armas, municiones, explosivos y equipos
indispensables para el cumplimiento de sus funciones.
Elaborar los
registros necesarios para hacer constar las operaciones policiales, sus
responsables, el personal que intervenga en el operativo, patrullaje o acción
policial, así como el nombre completo y demás calidades de las personas
detenidas, sus horas de ingreso y egreso de la unidad policial.
Cumplir sus
funciones sin limitación de horario, con el debido esmero, denuedo y
dedicación, para el cumplimiento de lo dispuesto por el ordenamiento
jurídico.
Guardar estricta
confidencialidad sobre la información obtenida de las investigaciones y
operativos policiales llevados a cabo o en proceso.
Los demás deberes y atribuciones
señalados en el ordenamiento jurídico
La
Fuerza Pública está conformada por la Dirección de Operaciones, la Dirección
de Unidades Especializadas, Dirección de Apoyo Legal, 12 Direcciones
Regionales, Dirección de Seguridad Turística y Dirección de Programas
Policiales Preventivos. También cuenta con una Vicaría Episcopal, la Inspección General y la Reserva de
policías.
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